ATENCIÓN MUNICIPIOS

Ya entró en vigencia la Ley N° 21.364, que establece obligaciones por parte de las municipalidades como órganos administradores de un territorio y que tienen que cumplir con dos artículos que indican la importancia de la Gestión de Riesgo de Desastres (GRD) y los instrumentos requeridos para la Reducción del Riesgo de Desastres (RRD) en dichos territorios. Estos son: los Planes Comunales de Emergencia y el Programa de Gestión del Riesgo de Desastres.

 

¿Sr. Alcalde está preparado para asumir este mandato?

Cómo se debe conformar un equipo municipal.

Cómo organizar una planificación de emergencia.

Cómo armar su equipo preventivo y de respuesta.

Es esencial gestionar los riesgos de desastres de manera más eficaz.

Esto implica, a su vez, reinterpretar la forma en la que se ha planteado y puesto en práctica la reducción del riesgo de desastres, a veces inexistente, en los territorios administrados por las autoridades locales.  Entonces, Gestionar el riesgo,  tiene que convertirse en la nueva normalidad en la práctica del desarrollo. De lo contrario, el desarrollo sostenible no será sostenible.

 

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RD PREVENCION DESASTRES CHILE Evaluación y mitigación de riesgos.